Este domingo la Consejería Jurídica del Ejecutivo Federal informó que presentó una impugnación en contra de la decisión del ministro Alberto Pérez Dayán que concedió la suspensión en contra de parte del plan B electoral que promovió el presidente Andrés Manuel López Obrador para que no sea aplicable en los procesos electorales de este año en el Estado de México y en Coahuila.

El argumento que presentó la consejería fue considerar que “sólo la determinación del pleno de la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) puede tener por efecto declarar la invalidez de una disposición general”.
El documento señala:
Los juzgadores, como todas las autoridades del Estado, están obligados a fundar y motivar sus decisiones, por lo que el ministro Pérez Dayán no puede apartarse de las reglas específicas que establecen las leyes al tramitar los medios de control constitucional, pues la legitimación del Poder Judicial se diluye cuando sus decisiones responden a posiciones políticas o personales
El ministro Alberto Pérez Dayán concedió la semana pasada la suspensión en contra de parte del plan B electoral para que no sea aplicable en los procesos electorales que se están desarrollando en el Estado de México y en Coahuila.
Pérez Dayán argumentó que la aplicación de dichas reformas en esos procedimientos afectaría irreparablemente al sistema democrático y los derechos fundamentales. También consideró que la reforma fue promulgada una vez que comenzó la veda para hacer modificaciones legales en materia electoral.

Sobre esto, la Consejería consideró:
Resulta preocupante que el ministro Alberto Pérez suspenda la aplicación de las leyes sin que exista ningún hecho o indicio que demuestre la supuesta existencia de alguna afectación irreparable al sistema democrático o a los derechos fundamentales implicados.
Y señaló:
Por estas razones, el Ejecutivo federal solicitó a la SCJN revocar la medida suspensiva al resultar contraria a los principios fundamentales del Estado de derecho, pues constituye un fraude a la Constitución que el ministro instructor, Alberto Pérez Dayán, se separe indebidamente de las reglas del procedimiento
Fuente: Latinus