Aunque las tandas no son ilegales ni están reguladas por el Servicio de Administración Tributaria (SAT), los depósitos o transferencias relacionados con este tipo de ahorros pueden generar consecuencias fiscales.

El SAT recordó que las tandas no son consideradas ingresos gravables; sin embargo, cuando los depósitos en efectivo superan los 15 mil pesos mensuales, las instituciones financieras deben reportarlos. Si el origen del dinero no se justifica, podría clasificarse como ingreso no declarado, lo que implicaría el pago de impuestos, sanciones y recargos.
Para evitar problemas, la autoridad recomendó manejar efectivo siempre que sea posible, registrar los movimientos con fechas, montos y participantes, y declarar ingresos cuando se rebasen los límites establecidos.
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