El Sistema de Administración Tributaria (SAT) ha concedido una prórroga para que los contribuyentes en México habiliten su Buzón Tributario. El nuevo plazo se extiende hasta el 1 de enero de 2026, según lo anunciado oficialmente en el Diario Oficial de la Federación. Este plazo otorga a los contribuyentes más tiempo para cumplir con esta obligación fiscal.
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¿Qué es el Buzón Tributario?
El Buzón Tributario es una herramienta digital obligatoria para los contribuyentes en México. Su propósito principal es facilitar la comunicación y notificación de actos administrativos entre el Servicio de Administración Tributaria (SAT) y los ciudadanos. A través de este sistema, los contribuyentes pueden recibir notificaciones, resolver dudas fiscales y realizar trámites relacionados con su situación fiscal.
A partir del 1 de enero de 2026, todos los contribuyentes que estén inscritos en el Registro Federal de Contribuyentes (RFC) deberán contar con su Buzón Tributario habilitado, a menos que se encuentren en ciertos supuestos específicos.

¿Quiénes deben habilitar el Buzón Tributario?
La activación del Buzón Tributario es obligatoria para todos los contribuyentes registrados en el RFC, con algunas excepciones.
Exenciones por situación fiscal
Los contribuyentes que no están obligados a habilitar su Buzón son aquellos que tienen su situación fiscal suspendida o cancelada. Esto incluye a personas morales con situación fiscal suspendida o aquellos que no tienen actividad económica registrada. También se encuentran exentos aquellos que no tengan obligaciones fiscales, como las personas físicas sin actividad económica o con estatus suspendido.
Condiciones especiales
A pesar de las excepciones, algunos contribuyentes deben habilitar el Buzón Tributario sin importar su estatus. Si han emitido Comprobantes Fiscales Digitales por Internet (CFDI) en los últimos 12 meses, es obligatorio habilitar el Buzón. Asimismo, si realizan trámites donde se exija la herramienta, no podrán quedar exentos.
En el caso de las personas físicas que tributan bajo el Régimen de Ingresos por Salarios o por servicios personales subordinados, pueden optar por no activar el Buzón si sus ingresos anuales no exceden los 400,000 pesos durante el ejercicio fiscal anterior. Sin embargo, aquellos que se encuentren bajo el Régimen Simplificado de Confianza tienen un plazo más corto, hasta el 31 de diciembre de 2024, para cumplir con esta obligación.
Multas por no cumplir con la obligación
El Código Fiscal de la Federación, en los artículos 86-C y 86-D, establece sanciones para los contribuyentes que no habiliten su Buzón Tributario o no mantengan actualizados sus medios de contacto. Las multas pueden variar entre 3,850 y 11,540 pesos, dependiendo de la falta cometida. Por esta razón, es importante que los contribuyentes no dejen de cumplir con esta obligación.

Con la nueva prórroga hasta el 1 de enero de 2026, el SAT espera que más contribuyentes puedan regularizar su situación fiscal y evitar sanciones. Para aquellos que aún no han activado su Buzón Tributario, este plazo adicional representa una oportunidad para hacerlo sin enfrentar multas.
¿Cómo activar el Buzón Tributario?
El proceso para activar el Buzón Tributario es sencillo y puede realizarse en línea a través del portal del SAT. Para hacerlo, el contribuyente debe contar con su firma electrónica (FIEL) y seguir los pasos indicados en el sistema. Una vez habilitado, se recibirán notificaciones relacionadas con trámites fiscales, declaraciones y otros actos administrativos.
Además, es recomendable que los contribuyentes mantengan actualizados sus datos de contacto, como su correo electrónico y número de teléfono, para asegurarse de recibir todas las notificaciones pertinentes a tiempo. No cumplir con la actualización de los medios de contacto también puede derivar en sanciones.
¿Qué deben hacer los contribuyentes?
Aunque el plazo original para activar el Buzón Tributario era más corto, la nueva prórroga otorgada por el SAT brinda un respiro a los contribuyentes que aún no han cumplido con esta obligación. A partir del 1 de enero de 2026, será obligatorio contar con el Buzón habilitado, por lo que aquellos que aún no lo hayan hecho deben aprovechar esta oportunidad para evitar sanciones.
Es fundamental que los contribuyentes revisen su situación fiscal y aseguren la activación del Buzón Tributario en los plazos establecidos. Para aquellos que se encuentran en el Régimen Simplificado de Confianza o tienen alguna otra situación especial, se deben seguir las fechas límite correspondientes.
Mantenerse informado y cumplir con estas disposiciones no solo evitará problemas fiscales, sino que también facilitará la comunicación con el SAT, haciendo más ágiles los trámites y gestiones fiscales en el futuro.
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