El Instituto Nacional Electoral (INE) ha dado su aval este sábado para que los aspirantes de Morena puedan continuar con su gira de promoción de cara a las elecciones presidenciales de 2024 en todo el país.
Sin embargo, se han impuesto ciertas restricciones para evitar que estas giras se conviertan en campañas anticipadas y violen la ley electoral. En este artículo, examinaremos las medidas adoptadas por el INE y su impacto en los aspirantes presidenciales de Morena.
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Aval del INE y restricciones impuestas
Las medidas cautelares que tendrán los aspirantes morenistas es que sus eventos, para los que hasta ahora usaban el dinero proporcionado por el partido, deberán ser preferentemente en lugares cerrados o del mismo partido, como oficinas estatales, municipales o auditorios, y no deberán contener elementos proselitistas ni del llamado al voto.
Además, estas reuniones deberán estar dirigidas a militantes y simpatizantes de Morena; no deberán emitirse expresiones de índole electoral; previo al inicio de cada acto, ya sea un recorrido o una asamblea informativa, se deberá informar de manera explícita sobre el contenido de la determinación del INE; y deberán revisarse los discursos durante los eventos para que estén alineados con las acciones establecidas por el INE.
Comunicado del INE
El INE emitió un comunicado en el que se explica el proceso llevado a cabo y las medidas cautelares impuestas. En cumplimiento de la sentencia emitida por la Sala Superior del Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación (TEPJF) en el expediente SUP-REP-206/2023 y su acumulado, la Comisión de Quejas y Denuncias del INE acató la sentencia y revisó nuevamente la solicitud de medidas cautelares contra diversos actores políticos.
La Comisión, por mayoría de votos, declaró procedente otorgar medidas cautelares debido al riesgo inminente de que se realicen eventos con características similares que podrían afectar el principio constitucional de equidad en la contienda. En consecuencia, se ha ordenado que todos los actos referidos como recorridos o “asambleas informativas” no contengan elementos proselitistas y se realicen de acuerdo con las restricciones impuestas por el INE.
INE y sus reglas
El Instituto establece reglas concretas que se deben cumplir:
- Los actos referidos como recorridos o “asambleas informativas”, en el marco del proceso de selección de la titularidad de la Coordinación de los Comités de Defensa de la Cuarta Transformación, se lleven a cabo preferentemente en lugares pertenecientes al propio partido político, como sus oficinas estatales o municipales;
- Deberán ser dirigidos a militantes y simpatizantes del partido Morena;
- No deberán emitirse expresiones de índole electoral;
- Previo al inicio de cada acto, ya sea un recorrido o una asamblea informativa, se deberá informar de manera explícita sobre el contenido del Acuerdo número ACQyD-INE-104/2023 y de la presente determinación;
- Exigir el deber de cuidado, en cuanto a revisar el contenido de los discursos de las personas que están participando para la titularidad de la Coordinación de los Comités de Defensa de la Cuarta Transformación, para asegurar que estén alineados con las acciones establecidas en el Acuerdo número ACQyD-INE-104/2023 y la presente determinación.
Comunicado del INE:
“Derivado de la sentencia emitida por la Sala Superior del Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación (TEPJF) en el expediente SUP-REP-206/2023 y su acumulado, en la que determinó revocar el Acuerdo ACQyD-INE-118/2023.
Este resolvió como improcedente otorgar las medidas cautelares solicitadas en contra de la convocatoria y los propios recorridos de las personas aspirantes a presidir la Coordinación de los Comités de Defensa de la Cuarta Transformación, la Comisión de Quejas y Denuncias del Instituto Nacional Electoral (INE) acató la sentencia volviendo a conocer la solicitud de medidas cautelares en contra de diversos actores políticos, dictando una nueva resolución, cumpliendo con el análisis preliminar de los hechos denunciados a partir de lo expuesto por los denunciantes y de las pruebas que obran en el expediente, esto de forma individualizada por cada una de las personas involucradas, para determinar si existe el derecho cuya tutela se pretende por el quejoso.
La Comisión, por mayoría de votos, declaró procedente otorgar medidas cautelares, pues de un análisis individual y contextual a las 117 actas circunstanciadas presentadas por los distintos órganos locales y distritales de este Instituto, respecto de los eventos o recorridos de los aspirantes y, desde una perspectiva preliminar, existe el riesgo inminente de que puedan realizarse otros con iguales o de similares características, que pudieran afectar el principio constitucional de equidad en la contienda.
Por lo anterior, se ordenó a los involucrados que todos los actos referidos como recorridos o “asambleas informativas” que se hayan programado o se vayan a programar, no contengan elementos proselitistas; además deberán realizarse conforme a lo siguiente:
- Los actos referidos como recorridos o “asambleas informativas”, en el marco del proceso de selección de la titularidad de la Coordinación de los Comités de Defensa de la Cuarta Transformación, se lleven a cabo preferentemente en lugares pertenecientes al propio partido político, como sus oficinas estatales o municipales;
- Deberán ser dirigidos a militantes y simpatizantes del partido Morena;
- No deberán emitirse expresiones de índole electoral;
- Previo al inicio de cada acto, ya sea un recorrido o una asamblea informativa, se deberá informar de manera explícita sobre el contenido del Acuerdo número ACQyD-INE-104/2023 y de la presente determinación;
- Exigir el deber de cuidado, en cuanto a revisar el contenido de los discursos de las personas que están participando para la titularidad de la Coordinación de los Comités de Defensa de la Cuarta Transformación, para asegurar que estén alineados con las acciones establecidas en el Acuerdo número ACQyD-INE-104/2023 y la presente determinación.
Así mismo, se reiteró la obligación impuesta a las partes en el acuerdo ACQyD-INE-104/2023, en el sentido de que, en todo tiempo, se deberán ajustar a los límites y parámetros constitucionales y conducirse acorde a los principios de legalidad y equidad.
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