Terapias de conversión
En una decisión histórica, el Senado de México ha aprobado una legislación que prohíbe las peligrosas “terapias de conversión”.
Esta medida, respaldada por 77 votos a favor, marca un hito en la protección de los derechos de las personas LGBTQ+ en el país.
Las “terapias de conversión”, también conocidas como Esfuerzos para Corregir la Orientación Sexual y la Identidad de Género (Ecosig), son prácticas controvertidas que buscan cambiar la orientación sexual o identidad de género de una persona, a menudo mediante métodos coercitivos o pseudocientíficos.
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Sanciones
El dictamen aprobado establece duras sanciones para quienes participen en estas prácticas.
Aquellos que realicen, apliquen, obliguen o financien cualquier tipo de tratamiento o terapia destinada a modificar la orientación sexual o identidad de género de una persona enfrentarán penas de dos a seis años de prisión, además de multas significativas.
Lo más notable de esta reforma es que también se considera la vulnerabilidad de ciertos grupos.
Cuando las víctimas de estas terapias sean menores de edad o adultos mayores con discapacidades, las sanciones se duplicarán.
Además, si son los padres, madres o tutores quienes incurran en estas prácticas, podrían enfrentar amonestaciones o apercibimientos por parte de la justicia.
Con la aprobación del Senado, la minuta se turnó al Ejecutivo para su promulgación en el Diario Oficial de la Federación, con lo que se concluyó un proceso legislativo que empezó en 2018.
Fuente: Reportero ambulante
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