“Uber sin permiso oficial en aeropuertos mexicanos”
La Secretaría de Infraestructura, Comunicaciones y Transportes (SICT) emitió un comunicado este jueves en el que reafirma que la plataforma Uber no está autorizada para cargar pasaje dentro de los aeropuertos mexicanos, pese a que obtuvo una suspensión judicial que protege a sus conductores.
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El aviso de la SICT deja claro que la suspensión judicial otorgada a Uber —y que impedía que la Guardia Nacional detuviera a sus conductores en zonas aeroportuarias— no equivale a un permiso para operar como taxi o transporte de pasaje en aeropuertos.

Antecedentes
El conflicto entre plataformas de movilidad y las autoridades en aeropuertos de México tiene varios años de historia. Las normativas federales que regulan el transporte de pasajeros en vías federales —como la Ley de Caminos, Puentes y Autotransporte Federal y su reglamento— exigen que los vehículos cuenten con una autorización específica de la SICT a través de la Dirección General de Autotransporte Federal (DGAF) para operar en zonas aeroportuarias.
En muchos aeropuertos, entre ellos el Aeropuerto Internacional de la Ciudad de México (AICM) y el Aeropuerto Internacional Felipe Ángeles (AIFA), las plataformas habían sido objeto de operativos, sanciones y restricciones por realizar ascensos o bajadas de pasajeros sin contar con permisos federales.
Qué resolvió la suspensión judicial
Recientemente, un juzgado —el Juzgado Décimo Tercero en Materia Administrativa de la Ciudad de México— emitió una suspensión a favor de Uber para que los operativos de la Guardia Nacional en aeropuertos se realicen conforme a la normativa federal y no de manera arbitraria o discriminatoria.
Sin embargo, tal como lo puntualiza la SICT, dicha suspensión no otorga la autorización para que Uber brinde el servicio de recogida o transporte de pasajeros dentro o hacia los aeropuertos.

La postura de la SICT
En su comunicado, la SICT señala que las empresas de aplicación como Uber o DiDi “no cuentan con autorización expedida por la Secretaría para prestar estos servicios de transportación” en las terminales aéreas.
La dependencia añadió que los usuarios pueden recurrir a los servicios debidamente autorizados, como taxis concesionados en aeropuertos, transporte turístico o autobuses con permiso para conectar las terminales aéreas con puntos específicos del país
Implicaciones para usuarios y conductores
- Para los pasajeros: Si solicitan un viaje con Uber desde el interior de un aeropuerto mexicano, deben tener en cuenta que la plataforma no tiene el permiso oficial, por lo que podrían toparse con obstáculos operativos, indicaciones para abordar en zonas externas o posibles complicaciones.
- Para conductores de plataformas: Aunque la suspensión evita que sean detenidos arbitrariamente en un aeropuerto, la falta de autorización implica que seguir recogiendo pasaje dentro de la zona federal aeroportuaria representa un riesgo regulatorio.
- Para el sector transporte y autoridades: El debate pone de manifiesto la necesidad de un marco normativo claro que regule a las plataformas digitales de movilidad en espacios federales como aeropuertos, protegiendo la competencia, la seguridad y la legalidad.
Por qué importa y qué sigue
La disputa adquiere mayor relevancia con la mirada puesta en eventos de gran afluencia turística, como el Copa Mundial de Fútbol 2026, para el que México será sede parcial. En ese contexto, la ausencia de una regulación clara para plataformas de movilidad en aeropuertos puede afectar la experiencia del usuario, la percepción internacional y la operatividad en terminales clave.







